La suba pasó del 35% al 45% de la percepción a cuenta del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para operaciones con tarjetas destinadas al consumo en dólares en viajes y gastos en el exterior.
La medida rige a partir de este jueves 14 de julio, de acuerdo a lo dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la resolución general 5232/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La misma busca “robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”, y excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento, que continuará con una alícuota del 35%.
Puntualmente, quedan comprendidas en la nueva alícuota todas las operaciones de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. También las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas.
Fuente: ambito.com